17/07/2026
Portada » El CSN avala con condiciones la operación de Almaraz hasta 2030
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El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha respaldado la solicitud para prolongar hasta 2030 la explotación de los dos reactores de la central nuclear de Almaraz, en Cáceres. El dictamen es favorable, aunque incorpora condiciones específicas sobre personal, documentación operativa y alcance temporal de la autorización.

El informe pasará ahora al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), que deberá decidir si permite que Almaraz I y Almaraz II continúen funcionando más allá de las fechas previstas en sus permisos actuales.

El Pleno adoptó el acuerdo tras revisar el comportamiento de la instalación y comprobar que mantiene los niveles de seguridad exigidos. El consejero Francisco Castejón se abstuvo en la votación.

Una evaluación apoyada en 29 informes técnicos

El análisis del CSN reúne 29 documentos preparados por 16 áreas técnicas especializadas. A esa revisión documental se suma la vigilancia ordinaria que el organismo mantiene sobre la central mediante inspecciones, seguimiento operativo y comprobación del cumplimiento de las obligaciones asociadas a la licencia vigente.

Los técnicos examinaron el envejecimiento de las estructuras, los sistemas y los componentes relacionados con la seguridad. También revisaron el programa de gestión de vida útil y la calificación ambiental de los equipos, dos elementos relevantes cuando una instalación solicita extender su funcionamiento.

La evaluación incluyó, además, el grado de ejecución de las mejoras derivadas de la revisión periódica de seguridad realizada para un ciclo completo de diez años. Ese trabajo sirvió de base para la autorización aprobada en 2020, aunque entonces el permiso quedó limitado a 7 años para la unidad I y a 8 años para la unidad II.

Almaraz tendrá capacidad para almacenar el combustible gastado

Uno de los puntos centrales del expediente ha sido la gestión del combustible nuclear usado. El CSN considera que Almaraz podrá almacenarlo de forma adecuada hasta 2030 si entra en servicio el Almacén Temporal Individualizado ATI-100, previsto para ampliar la capacidad disponible dentro del emplazamiento.

La combinación del nuevo almacén con las instalaciones existentes permitiría cubrir las necesidades de ambas unidades durante el periodo solicitado por el titular. El organismo también ha revisado la protección contra incendios y la planificación de los recursos humanos vinculados a la operación.

En este último apartado exige que la empresa deberá mantener márgenes suficientes por encima de la plantilla mínima requerida en los puestos con funciones de seguridad, especialmente durante 2028, 2029 y 2030.

Esta condición busca garantizar que la prolongación de la actividad no coincida con una reducción excesiva del personal cualificado necesario para operar y supervisar la central.

El informe conserva la mayoría de las condiciones actuales

La propuesta del CSN mantiene, en términos generales, los límites y requisitos incluidos en la autorización vigente. Sin embargo, incorpora tres ajustes:

  • Precisa el periodo exacto al que se aplicaría la renovación.
  • Actualiza las versiones de los Documentos Oficiales de Explotación que deberán considerarse vigentes.
  • Añade una condición específica para asegurar la disponibilidad de personal relacionado con la seguridad entre 2028 y 2030.

Por tanto, el respaldo técnico y la continuidad de la central quedaría sometida a obligaciones concretas que el regulador podrá controlar durante todo el nuevo periodo de funcionamiento.

El MITECO tendrá la última decisión administrativa

La solicitud se ha tramitado conforme al artículo 7 del Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, que regula la renovación de las autorizaciones de explotación. Tras recibir el expediente del titular, el MITECO pidió al CSN el informe obligatorio sobre seguridad nuclear y protección radiológica.

La legislación atribuye al Consejo de Seguridad Nuclear la evaluación técnica previa a cualquier decisión ministerial relacionada con una instalación nuclear. Su pronunciamiento es preceptivo y, cuando resulta negativo, impide que el Ministerio conceda la autorización.

Cuando el dictamen es favorable, como ocurre en este caso, el regulador puede establecer los límites y las condiciones que deberán incorporarse a la resolución administrativa.

Con el informe ya aprobado, el Ministerio dispone de la base técnica necesaria para decidir sobre la continuidad de Almaraz hasta 2030. Esa resolución determinará si ambas unidades pueden superar el calendario fijado en sus permisos actuales.

Almaraz I y II operan desde comienzos de los años ochenta

La central se encuentra en el municipio cacereño de Almaraz, junto al embalse de Arrocampo y en la margen derecha del río Tajo. El complejo cuenta con dos reactores de agua ligera a presión, conocidos por las siglas PWR, suministrados por la compañía estadounidense Westinghouse.

Almaraz I empezó a operar el 1 de mayo de 1981, mientras que Almaraz II lo hizo el 8 de octubre de 1983. La autorización de la primera unidad expira el 1 de noviembre de 2027. La correspondiente al segundo reactor termina el 31 de octubre de 2028.

El titular presentó en 2025 una petición para modificar ambos permisos y extender la actividad hasta 2030. Posteriormente, el Ministerio trasladó el expediente al CSN y el regulador reclamó información adicional para completar su evaluación.

La empresa remitió esa documentación entre diciembre de 2025 y febrero de 2026. Desde entonces, las distintas áreas técnicas del organismo han estudiado el estado de la planta, sus programas de seguridad y los recursos necesarios para mantener la explotación durante el periodo adicional solicitado.

El dictamen supera el examen técnico, pero no cierra el proceso

El informe favorable elimina uno de los principales obstáculos regulatorios para prolongar la operación de Almaraz. No obstante, la autorización definitiva continúa en manos del MITECO y deberá recoger las condiciones fijadas por el CSN.

La decisión ministerial tendrá que encajar las distintas fechas de caducidad de los dos reactores con la petición común de mantenerlos operativos hasta 2030.

Desde el punto de vista del regulador, la central puede continuar funcionando con seguridad durante ese plazo siempre que cumpla las exigencias técnicas, documentales y de personal recogidas en el expediente. El visto bueno del CSN acerca la ampliación, pero todavía no equivale a la autorización administrativa definitiva.