04/02/2026
Portada » La CNMC hace oficiales los cambios temporales en los PO 3.1, 3.2 y 7.2
Subestación eléctrica de alta tensión

La CNMC ha dado un paso más en la gestión de las tensiones del sistema eléctrico peninsular. Lo que nació como un paquete urgente y temporal se integra ahora en el marco operativo vigente, con un objetivo central. Aumentar la estabilidad de la tensión y reforzar la seguridad del suministro en una operación diaria más exigente.

La Resolución de 19 de enero de 2026 reafirma la modificación parcial de los procedimientos de operación 3.1, 3.2 y 7.2, y fija un esquema de seguimiento y revisión.

De la urgencia a la continuidad: qué se propuso, qué se prorrogó y qué queda fijado

En los últimos meses, el sistema ha ido encadenando ajustes de urgencia que, con el paso de las semanas, se convirtieron en piezas relevantes de la operativa diaria, con cambios regulatorios para responder a la operativa real del sistema. Primero se activaron medidas temporales para reducir riesgos inmediatos. Después llegó el límite natural de cualquier régimen excepcional. Con la caducidad cada vez más cerca, hacía falta evitar un vacío regulatorio mientras se trabajaba en soluciones de mayor alcance.

La CNMC consolida los cambios en los tres procedimientos y, al mismo tiempo, mantiene el carácter transitorio mediante una revisión en un plazo máximo de un año.

PO 3.1. Un Programa Diario Base más firme para llegar mejor al tiempo real

El objetivo es llegar al tiempo real con un Programa Diario Base de Funcionamiento (PDBF) más sólido y menos expuesto a correcciones tardías. Esas correcciones suelen concentrarse en las últimas horas y elevan el estrés operativo cuando la red ya está exigida.

El operador publica antes el PDBF, y los agentes disponen de menos tiempo para remitir sus nominaciones una vez conocido el resultado del mercado diario. También se ajustan los plazos para aportar la información técnica asociada, y se acota la publicación del PDVP con la solución completa de restricciones del PDBF. Con este esquema, el sistema llega al tramo final del día con un programa más consistente y con menos necesidad de ajustes de última hora.

PO 3.2. Reservas al alza y potencia síncrona disponible desde el inicio del día

El PO 3.2 concentra el cambio más estructural en la práctica diaria. Cuando el operador detecta insuficiencia de potencia a subir tras el mercado diario, se habilita la programación de generación térmica adicional fuera de mercado directamente en el PDBF.

Con esta norma se asegura potencia y margen de respuesta desde el arranque del día, en lugar de aplazar la corrección a una fase donde los desvíos y los redespachos tienden a ser más disruptivos.

PO 7.2. Seguimiento del PTR en secundaria, incluso sin prestación efectiva

En el PO 7.2 se endurece la disciplina de seguimiento del Programa de Tiempo Real (PTR) para los proveedores habilitados en regulación secundaria, también cuando no estén activados en un tramo determinado. La intención es limitar los saltos de programa y evitar cambios bruscos que puedan traducirse en inestabilidad de tensión en la red.

Del parche a la arquitectura, el encaje con el Real Decreto 997/2025

El debate regulatorio ha ido girando hacia un marco de estabilidad más completo, con mayor peso del control de tensión, una disciplina técnica más estricta y herramientas de flexibilidad con vocación estructural. En ese contexto, el Real Decreto 997/2025 sirve de referencia para entender por qué estas medidas se mantienen en la operativa, y por qué al mismo tiempo se acelera el paso hacia soluciones de diseño más estables.

Reglas de mercado en mejora continua

Los cambios pasan a formar parte del texto de los procedimientos de operación, y se integran en el marco regulatorio que guía la operación diaria del sistema. Se refuerza la idea de llegar al tiempo real con menos necesidad de correcciones de última hora, que son las que más fácilmente se trasladan a la tensión cuando el sistema ya está bajo presión.

A la vez, la CNMC evita que el esquema quede fijado sin control. La resolución impone un seguimiento y fija una revisión en un plazo máximo de un año. Con ello deja claro que las reglas entran en vigor, pero quedan sujetas a evaluación y a posibles ajustes en función de cómo responda el sistema y de cómo avancen las soluciones de mayor alcance.

Esa propia fórmula marca el rumbo de los próximos meses, y orienta el debate hacia un control de tensión más completo, la incorporación de más recursos capaces de aportar estabilidad, y mecanismos de balance con mayor capacidad para absorber desviaciones sin convertirlas en un problema de tensión en la red.